Pronunciamiento a un año de la Ley de Protección en Sinaloa

Pronunciamiento a un año de la Ley de Protección en Sinaloa

En defensa de autonomía y presupuesto suficiente para la protección de personas defensoras de Derechos Humanos y periodistas en Sinaloa

CULIACÁN, Sinaloa.- El 15 de mayo de 2017, el asesinato de Javier Valdez Cárdenas cimbró al gremio periodístico en Sinaloa y a quienes se dedican a la defensa de los derechos humanos. Esta tragedia, de la que aún no se ha alcanzado justicia plena, motivó la lucha de organizaciones, periodistas y personas
defensoras en busca de mecanismos de protección y prevención en el contexto de violencia y riesgo
que aún en nuestros días se padece en México y en nuestro estado.
Después de un largo proceso de diálogo y reflexión en el centro, norte y sur de Sinaloa, el paso de
dos legislaturas locales y la interlocución con dos gobiernos estatales, una nueva tragedia antecedió
a la aprobación de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y
Periodistas del Estado de Sinaloa, el 24 de mayo de 2022 y publicado en el Periódico Oficial cinco
días después.
Esta tragedia fue el ataque violento contra nuestro compañero Luis Enrique Ramírez, en Culiacán,
encontrado sin vida el 05 de mayo, crimen que hasta la fecha continúa impune.
Reconocemos el avance que ha significado el establecimiento de un marco regulatorio en materia de
protección y prevención, que trajo consigo la creación de un instituto autónomo para la protección de
personas defensoras y periodistas en el estado, además de la tipificación de los delitos contra la
libertad de expresión y la defensa de los derechos humanos en el Código Penal para el Estado de
Sinaloa.
Sin embargo, a un año de entrar en vigencia la referida legislación, quienes conformamos la RED DE
PERIODISTAS Y PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE
SINALOA
externamos nuestra preocupación por la agenda pendiente y riesgos de un retroceso en
los objetivos alcanzados, frente a lo cual exigimos lo siguiente:


1.- Que se destine presupuesto suficiente con objetivos precisos a dicho Instituto para ofrecer las
medidas de protección ordinarias y extraordinarias que garanticen la integridad y entornos seguros
para el trabajo de los gremios protegidos. Provoca incertidumbre que en su primer año de
operaciones, se le otorgaron apenas 12 millones de los 24 millones de pesos solicitados por la
Dirección General; por lo que advertimos que el tema presupuestal no debe ser un instrumento para
socavar la autonomía de dicho instituto, y por el contrario, respetar el criterio establecido en la
fracción II del Artículo 64 de la Ley, el cual señala que el presupuesto del Instituto debe ser igual o
mayor al 3% del presupuesto asignado a publicidad oficial por el Gobierno del Estado.

2.- Que se resarza la omisión en que se encuentra el Congreso del Estado de Sinaloa al no haber
reformado la Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado de Sinaloa para la creación de una vicefiscalía
especializada en delitos contra la libertad de expresión y de la defensa de los derechos humanos,
obligación marcada en el Artículo 4o transitorio de la Ley, cuyo plazo fue establecido en los 60 días
siguientes a su promulgación.
En aras de la impunidad que persigue a más del 90% de los crímenes de periodistas y personas
defensoras, consideramos urgente la creación de una entidad especializada, como la que contempla
la legislación o mediante la absorción de estos casos por la Vicefiscalía Especializada en Derechos
Humanos.


3.- Que el Congreso del Estado designe a la brevedad al titular del Órgano Interno de Control del
Instituto para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado
de Sinaloa, como responsable de garantizar la transparencia y uso adecuado de los recursos
públicos.


4.- Que el Gobierno del Estado y los gobiernos municipales hagan públicos sus lineamientos para
contratar publicidad oficial, a fin de no utilizar el recurso público destinado a este rubro como un
mecanismo de coerción, censura o control a medios de comunicación o periodistas, tal como lo indica
el Artículo 4o de la Ley en mención.


5.- Que el Instituto para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
consolide su operatividad a través de mapas de riesgo y planes de prevención que sirvan a los
gremios amparados para guiarse en el ejercicio de su trabajo y la creación de entornos más seguros
para su labor. Asimismo, que establezca a través de su reglamento los criterios para que dicha
entidad pública autónoma se integre por equipos multidisciplinarios con perfiles idóneos, a fin de
garantizar una atención apegada al respeto a los derechos humanos y a la oportunidad que cada
caso amerite.


6.- Que el Consejo Consultivo del Instituto sea el organismo que vigile y medie permanentemente
para que las disposiciones en la Ley se concreten y mejoren, con el fin de garantizar la prevención y
atención a los grupos amparados por el marco legislativo.

Desde la RED DE PERIODISTAS Y PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS DEL
ESTADO DE SINALOA nos negamos a que los avances en materia de protección o la movilización
social se presente sólo a base de nuevas tragedias o asesinatos. En vista de lo anterior y del análisis
que se ha hecho sobre los avances y pendientes en materia de protección, nos pronunciamos por
establecer una agenda de trabajo entre autoridades y sociedad civil que permita cumplir los objetivos
del Instituto y de la Ley en mención, así como incidir en el actuar de funcionarios públicos de todos
los niveles a fin de caminar hacia una nueva cultura de seguridad y respeto hacia la defensa de los
derechos humanos y el ejercicio de la libertad de expresión.
¡Ni un periodista asesinado más! ¡Ni una persona defensora asesinada más!

FIRMA